Colegiarse

PARA EJERCER COLÉGIESE

PARA CONTRATAR EXIJA COLEGIACIÓN

De acuerdo con el art. 3 de la Ley de creación del Colegio es requisito para incorporarse al mismo tener Grado o Licenciatura en Criminología. Nuestros Estatutos requieren, además, que no se esté incapacitado legalmente, ni inhabilitado/a o suspendido/a para el ejercicio de la profesión en virtud de sentencia firme, ni se esté bajo sanción disciplinaria de suspensión del ejercicio profesional o expulsión de cualquier Colegio.

La adquisición de la condición de colegiado/a se hará efectiva mediante la correspondiente resolución expresa del Colegio, previa constatación del cumplimiento de los requisitos. La vía preferente de comunicación será el correo electrónico consignado en la solicitud de colegiación.

Para consultas sobre estas cuestiones: colegiarse@icoc.es