Pese al arraigo que tradicionalmente (desde la década de los años 80 del Siglo XX) han tenido en España los estudios de Criminología, su reconocimiento académico se hizo esperar.
Las distintas Universidades españolas venían impartiendo los estudios en Criminología, con distintos contenidos lectivos, como títulos propios de cada Universidad, lo que supuso un problema para el reconocimiento académico oficial, en el plano profesional, de dichos títulos.
El Real Decreto 858/2003, de 4 de julio, por el que se establece el título universitario oficial de Licenciado en Criminología y las directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a su obtención, fue el punto de partida de la Criminología y su consolidación como título oficial con reconocimiento en todo el Estado español.
Como consecuencia de la aprobación del anterior Real Decreto, de la Universitat de València egresó el primer grupo de personas Licenciadas en Criminología, en el año 2006.
La adaptación de la titulación al llamado «Plan Bolonia» supuso la progresiva desaparición de la Licenciatura, y su implantación como título de Grado, que algunas Universidades españolas comenzaron a impartir en el año 2010.
La oficialidad de la titulación llevó a considerar la necesidad de crear Colegios Profesionales en ese sector, y en esa línea, varias Asociaciones profesionales valencianas instaron en 2008, al Gobierno valenciano, la creación del Colegio Oficial de Criminología de la Comunitat Valenciana.
Tras un largo periodo marcado por la inactividad legislativa en materia de Colegios Profesionales, que a fecha de este artículo sigue rigiéndose por la preconstitucional Ley 2/1974, de 13 de febrero, y bajo la influencia de las directivas europeas en la materia que dieron lugar en España a la aprobación en el año 2009 de las controvertidas leyes conocidas como «ley paraguas» y «ley ónmibus», finalmente el legislador valenciano consideró oportuno tramitar la creación del primer Colegio Oficial de personas Criminólogas de España, materializándose en la Ley 2/2013, de 4 de julio, de la Generalitat, de Creación del Colegio Oficial de personas Criminólogas de la Comunitat Valenciana, publicada en el «BOE» núm. 175, de 23 de julio de 2013, páginas 53951 a 53954.
Al amparo de esta Ley y según lo previsto en ella, la Comisión Gestora convocó la Asamblea Constituyente del Ilustre Colegio Oficial de personas Criminólogas de la Comunitat Valenciana el día 14 de diciembre de 2013, donde se aprobaron provisionalmente los Estatutos y el Código Deontológico, así como también se aprobó la composición de la Junta de Gobierno del Colegio.
Tras los trámites administrativos oportunos, los Estatutos definitivos del Ilustre Colegio Oficial de personas Criminólogas de la Comunitat Valenciana fueron publicados en el DOCV nº 7293, de 11 de junio de 2014, mediante Resolución de 7 de mayo de 2014, del Director General de Justicia, por la que se resuelve inscribir al Colegio Oficial de personas Criminólogas de la Comunitat Valenciana y sus estatutos en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos Valencianos de Colegios Profesionales de la Comunitat Valenciana, y se dispone su publicación.